El objeto de la movilidad es siempre y en todo caso la persona. Es decir: el nuevo modelo está centrado en trasladar personas y bienes más que en sólo mover vehículos.
A partir de la publicación de la Ley de Movilidad del Distrito Federal en julio de 2014, el ordenamiento en las calles cambió de manera radical, pues consideró prioridades y jerarquías de la vía y las estableció como un derecho. Este marco jurídico tuvo como efecto la atención de vías ciclistas y sus usuarios.
Por primera vez se otorgó prioridad en la utilización del espacio vial y se revaloró la distribución de recursos de acuerdo a la jerarquía de movilidad:
I. Peatones, en especial personas con discapacidad y personas con movilidad limitada;
II. Ciclistas;
III. Usuarios del servicio de transporte público de pasajeros;
IV. Prestadores del servicio de transporte público de pasajeros;
V. Prestadores del servicio de transporte de carga y distribución de mercancías; y
VI. Usuarios de transporte particular automotor.