Persona física. Locatarios de Mercados Públicos
Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
y Clave Única de Registro de Población (CURP) - 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - original y 1 copia(s)
o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original y 1 copia(s)
o Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Comprobantes de Pago de Derechos por el Uso y Utilización de Locales de Mercados Públicos del Distrito Federal correspondiente al año al que se realiza la solicitud y de los cuatro años anteriores (1 copia simple)
Identificación oficial de la persona que ejercerá la actividad comercial en nombre del titular (1 copia simple)
Formato de solicitud TBJUAREZ_A9D_1 (Original y 1 copia simple, que será el acuse del interesado)
Cédula de empadronamiento (1 copia simple y original para cotejo)
Comprobante de no adeudo al Fideicomiso del Mercado, correspondiente al año en que se realiza la solicitud y de los cuatro años anteriores (tratándose de los Mercados Públicos en Auto Administración). (1 copia simple)
Autorización sanitaria expedida por la Secretaría de Salud (para aquellos comerciantes que para el ejercicio de sus actividades la requieran) (1 copia simple y original para cotejo)
*La autoridad llevará a cabo la revisión y el análisis de factibilidad de la solicitud considerando lo siguiente:
-Que prevalezca el mismo giro.
-Que la petición no obedezca a una operación de arrendamiento.
-Que el solicitante presente motivos razonables para dejar de ejercer su actividad por tiempo determinado.
*En caso de no contar con los Comprobantes de pago de derechos, se deberá presentar una certificación de pago por los derechos de uso o aprovechamiento de bienes del dominio público, correspondiente al año en que se realiza la solicitud y de los cuatro años anteriores, emitida por la Tesorería del Gobierno del Distrito Federal.
*El locatario o comerciante podrá solicitar la expedición de una nueva autorización en caso de que exista imposibilidad de reintegrarse a su actividad comercial de conformidad con el Numeral Trigésimo Octavo de los Lineamientos para la Operación y Funcionamiento de los Mercados Públicos del Distrito Federal.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Da clic sobre el marcador para ver información
Autorización
De 1 a 90 dÃas naturales.
15 días hábiles
Código Fiscal del Distrito Federal Artículo 264
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 7 bis, 32, 33, 34, 35, 40, 41, 42, 44 y 49.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal Artículo 51 fracción V y 124 fracción XVII
Acuerdo por el que se establece el sistema de empadronamiento para comerciantes de los mercados públicos de la Ciudad de México y los formatos oficiales de cédula de empadronamiento, refrendo y autorización hasta por 90 días para que una persona distinta al empadronado puedo ejercer el comercio en puestos permanentes o temporales en mercados públicos, por cuenta del empadronado Artículos 5,6 y 7
Reglamento de Mercados para el Distrito Federal Artículo 15
Acuerdo por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del similar por el que se establece el Sistema de Empadronamiento para Comerciantes de los Mercados Públicos de la Ciudad de México y los Formatos oficiales de cédula de empadronamiento, refrendo y autorización hasta por 90 días para que una persona distinta al empadronado pueda ejercer el comercio en puestos permanentes o temporales en Mercados Públicos, por cuenta del empadronado. Artículos 6, 7 y 9
Lineamientos para la Operación y Funcionamiento de los Mercados Públicos del Distrito Federal Numerales Décimo Quinto Fracción VI, Décimo Sexto, Décimo Séptimo, Trigésimo Quinto, Trigésimo Sexto, Trigésimo Séptimo y Trigésimo Octavo
Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
y Clave Única de Registro de Población (CURP) - 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público. - original y 1 copia(s)
o Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original y 1 copia(s)
o Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Comprobantes de Pago de Derechos por el Uso y Utilización de Locales de Mercados Públicos del Distrito Federal correspondiente al año al que se realiza la solicitud y de los cuatro años anteriores (1 copia simple)
Identificación oficial de la persona que ejercerá la actividad comercial en nombre del titular (1 copia simple)
Formato de solicitud TBJUAREZ_A9D_1 (Original y 1 copia simple, que será el acuse del interesado)
Cédula de empadronamiento (1 copia simple y original para cotejo)
Comprobante de no adeudo al Fideicomiso del Mercado, correspondiente al año en que se realiza la solicitud y de los cuatro años anteriores (tratándose de los Mercados Públicos en Auto Administración). (1 copia simple)
Autorización sanitaria expedida por la Secretaría de Salud (para aquellos comerciantes que para el ejercicio de sus actividades la requieran) (1 copia simple y original para cotejo)
*La autoridad llevará a cabo la revisión y el análisis de factibilidad de la solicitud considerando lo siguiente:
-Que prevalezca el mismo giro.
-Que la petición no obedezca a una operación de arrendamiento.
-Que el solicitante presente motivos razonables para dejar de ejercer su actividad por tiempo determinado.
*En caso de no contar con los Comprobantes de pago de derechos, se deberá presentar una certificación de pago por los derechos de uso o aprovechamiento de bienes del dominio público, correspondiente al año en que se realiza la solicitud y de los cuatro años anteriores, emitida por la Tesorería del Gobierno del Distrito Federal.
*El locatario o comerciante podrá solicitar la expedición de una nueva autorización en caso de que exista imposibilidad de reintegrarse a su actividad comercial de conformidad con el Numeral Trigésimo Octavo de los Lineamientos para la Operación y Funcionamiento de los Mercados Públicos del Distrito Federal.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Da clic sobre el marcador para ver información
Autorización
De 1 a 90 dÃas naturales.
15 días hábiles
Código Fiscal del Distrito Federal Artículo 264
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 7 bis, 32, 33, 34, 35, 40, 41, 42, 44 y 49.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal Artículo 51 fracción V y 124 fracción XVII
Acuerdo por el que se establece el sistema de empadronamiento para comerciantes de los mercados públicos de la Ciudad de México y los formatos oficiales de cédula de empadronamiento, refrendo y autorización hasta por 90 días para que una persona distinta al empadronado puedo ejercer el comercio en puestos permanentes o temporales en mercados públicos, por cuenta del empadronado Artículos 5,6 y 7
Reglamento de Mercados para el Distrito Federal Artículo 15
Acuerdo por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del similar por el que se establece el Sistema de Empadronamiento para Comerciantes de los Mercados Públicos de la Ciudad de México y los Formatos oficiales de cédula de empadronamiento, refrendo y autorización hasta por 90 días para que una persona distinta al empadronado pueda ejercer el comercio en puestos permanentes o temporales en Mercados Públicos, por cuenta del empadronado. Artículos 6, 7 y 9
Lineamientos para la Operación y Funcionamiento de los Mercados Públicos del Distrito Federal Numerales Décimo Quinto Fracción VI, Décimo Sexto, Décimo Séptimo, Trigésimo Quinto, Trigésimo Sexto, Trigésimo Séptimo y Trigésimo Octavo