Persona física o moral. El propietario o usuario del inmueble donde se ubica la toma.
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
Boleta del Impuesto Predial - original y 1 copia(s)
o Recibo del Servicio de Luz - original y 1 copia(s)
o Estado de cuenta de servicio telefónico - original y 1 copia(s)
o Estado de cuenta bancario - original
Acreditar ser el propietario o usuario del inmueble.
Documentos de acreditación:
-Propietario.- Boleta predial o Propuesta catastral pagada o escritura a nombre del propietario.
-Usuario.- Comprobante de domicilio a nombre del usuario y dirección completa o contrato de arrendamiento.
Presentar un escrito libre en español, que no presente tachaduras, ni enmendaduras, además contendrá lo siguiente:
a) Propósito de la aclaración y/o corrección a la determinación de los derechos.
b) Nombre y firma autógrafa del propietario o usuario del inmueble y/o representante legal del titular de la cuenta, cuando el promovente tenga un impedimento para firmar se tomará en cuenta la impresión de su huella digital.
c) Número telefónico y correo electrónico.
d) Denominación o razón social del promovente (en su caso).
e) Número de cuenta relacionado con el suministro de agua.
f) Señalar la Autoridad a la que va dirigido. (Sistema de Aguas de la Ciudad de México)
En caso de ser otra persona la que efectué el trámite se deberá presentar carta poder simple, firmada por el usuario o propietario del inmueble, el aceptante y dos testigos, con original y copia de las identificaciones con fotografía para su cotejo.
En caso de Personas Morales deberá presentar:
• Acta Constitutiva
• Poder Notarial
• Identificación Oficial del representante o apoderado. Original y 1 copia(s) para su cotejo.
En el caso de Aclaración y corrección a la determinación de derechos por el suministro de agua, una vez recibida la documentación, el Sistema de Aguas de la Ciudad de México podrá realizar una visita de inspección con el fin de recabar información necesaria para la aclaración y/o corrección a la determinación de derechos.
La recepción de la solicitud no implica la procedencia de la misma, esto queda sujeto a una revisión por parte de la autoridad fiscal competente para su dictaminación.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Da clic sobre el marcador para ver información
Resolución
120 días hábiles
Código Fiscal de la Ciudad de México Artículos 1, 7 fracción VII, 13, 15, 55, 72, 73 fracciones II y XI, 103 fracción II, 111, 172, 174 fracción I, 175, 176 fracciones IV, IX y XI, 430 y 432.
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o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
Boleta del Impuesto Predial - original y 1 copia(s)
o Recibo del Servicio de Luz - original y 1 copia(s)
o Estado de cuenta de servicio telefónico - original y 1 copia(s)
o Estado de cuenta bancario - original
Acreditar ser el propietario o usuario del inmueble.
Documentos de acreditación:
-Propietario.- Boleta predial o Propuesta catastral pagada o escritura a nombre del propietario.
-Usuario.- Comprobante de domicilio a nombre del usuario y dirección completa o contrato de arrendamiento.
Presentar un escrito libre en español, que no presente tachaduras, ni enmendaduras, además contendrá lo siguiente:
a) Propósito de la aclaración y/o corrección a la determinación de los derechos.
b) Nombre y firma autógrafa del propietario o usuario del inmueble y/o representante legal del titular de la cuenta, cuando el promovente tenga un impedimento para firmar se tomará en cuenta la impresión de su huella digital.
c) Número telefónico y correo electrónico.
d) Denominación o razón social del promovente (en su caso).
e) Número de cuenta relacionado con el suministro de agua.
f) Señalar la Autoridad a la que va dirigido. (Sistema de Aguas de la Ciudad de México)
En caso de ser otra persona la que efectué el trámite se deberá presentar carta poder simple, firmada por el usuario o propietario del inmueble, el aceptante y dos testigos, con original y copia de las identificaciones con fotografía para su cotejo.
En caso de Personas Morales deberá presentar:
• Acta Constitutiva
• Poder Notarial
• Identificación Oficial del representante o apoderado. Original y 1 copia(s) para su cotejo.
En el caso de Aclaración y corrección a la determinación de derechos por el suministro de agua, una vez recibida la documentación, el Sistema de Aguas de la Ciudad de México podrá realizar una visita de inspección con el fin de recabar información necesaria para la aclaración y/o corrección a la determinación de derechos.
La recepción de la solicitud no implica la procedencia de la misma, esto queda sujeto a una revisión por parte de la autoridad fiscal competente para su dictaminación.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
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Código Fiscal de la Ciudad de México Artículos 1, 7 fracción VII, 13, 15, 55, 72, 73 fracciones II y XI, 103 fracción II, 111, 172, 174 fracción I, 175, 176 fracciones IV, IX y XI, 430 y 432.