Persona física o moral. El propietario o usuario del inmueble donde se ubica la toma.
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
Boleta del Impuesto Predial - original y 1 copia(s)
o Recibo del Servicio de Luz - original y 1 copia(s)
o Estado de cuenta bancario - original y 1 copia(s)
o Estado de cuenta de servicio telefónico - original y 1 copia(s)
Nombre y firma autógrafa del propietario o usuario del inmueble y/o representante legal del titular de la cuenta, cuando el promovente tenga un impedimento para firmar se tomará en cuenta la impresión de su huella digital. (en la solicitud que se emita del Sistema Comercial).
Presentar un número telefónico y correo electrónico.
Indicar domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la Ciudad de México y el nombre de la persona autorizada para recibirlas.
Presentar original del recibo oficial o comprobante de pago objeto de la compensación.
En caso de ser propietario:
-Boleta predial a nombre del propietario o propuesta de valor catastral pagada o Escritura pública a nombre del propietario.
En caso de ser usuario, deberá acreditarlo con:
-Contrato de Arrendamiento a su nombre
• Credencial para votar, (la cual debe coincidir con el domicilio que se tiene registrado en sistema a nombre del usuario de la toma).
En caso de ser otra persona la que efectué el trámite se deberá presentar carta poder simple, firmada por el usuario o propietario del inmueble, el aceptante y dos testigos, con original y copia de las identificaciones con fotografía para su cotejo.
En caso de Personas Morales deberá presentar:
• Acta Constitutiva
• Poder Notarial
• Identificación Oficial del representante o apoderado. Original y 1 copia(s) para su cotejo.
El escrito libre debe contener: La Dependencia a la cual lo dirige, número de cuenta del servicio de agua potable, documentación soporte que sustente el escrito de solicitud.
No se podrán compensar las cantidades cuya devolución se haya solicitado o cuando se haya prescrito la obligación para devolverlas (3 años)
No son sujetos de compensación los pagos realizados bajo algún programa de regularización fiscal que así lo indique.
La recepción de la solicitud de compensación no implica la procedencia del mismo, esto quedará sujeto a una revisión por parte de la autoridad fiscal competente para su dictaminación.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Da clic sobre el marcador para ver información
Comprobante
120 días naturales
Código Fiscal de la Ciudad de México Artículos 1, 7 fracción VII, 13, 15, 49, 51, 54, 55, 103 fracción II, 172 fracción IV último párrafo, 430, 432 y 466 fracción IV.
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
Boleta del Impuesto Predial - original y 1 copia(s)
o Recibo del Servicio de Luz - original y 1 copia(s)
o Estado de cuenta bancario - original y 1 copia(s)
o Estado de cuenta de servicio telefónico - original y 1 copia(s)
Nombre y firma autógrafa del propietario o usuario del inmueble y/o representante legal del titular de la cuenta, cuando el promovente tenga un impedimento para firmar se tomará en cuenta la impresión de su huella digital. (en la solicitud que se emita del Sistema Comercial).
Presentar un número telefónico y correo electrónico.
Indicar domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la Ciudad de México y el nombre de la persona autorizada para recibirlas.
Presentar original del recibo oficial o comprobante de pago objeto de la compensación.
En caso de ser propietario:
-Boleta predial a nombre del propietario o propuesta de valor catastral pagada o Escritura pública a nombre del propietario.
En caso de ser usuario, deberá acreditarlo con:
-Contrato de Arrendamiento a su nombre
• Credencial para votar, (la cual debe coincidir con el domicilio que se tiene registrado en sistema a nombre del usuario de la toma).
En caso de ser otra persona la que efectué el trámite se deberá presentar carta poder simple, firmada por el usuario o propietario del inmueble, el aceptante y dos testigos, con original y copia de las identificaciones con fotografía para su cotejo.
En caso de Personas Morales deberá presentar:
• Acta Constitutiva
• Poder Notarial
• Identificación Oficial del representante o apoderado. Original y 1 copia(s) para su cotejo.
El escrito libre debe contener: La Dependencia a la cual lo dirige, número de cuenta del servicio de agua potable, documentación soporte que sustente el escrito de solicitud.
No se podrán compensar las cantidades cuya devolución se haya solicitado o cuando se haya prescrito la obligación para devolverlas (3 años)
No son sujetos de compensación los pagos realizados bajo algún programa de regularización fiscal que así lo indique.
La recepción de la solicitud de compensación no implica la procedencia del mismo, esto quedará sujeto a una revisión por parte de la autoridad fiscal competente para su dictaminación.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Da clic sobre el marcador para ver información
Comprobante
120 días naturales
Código Fiscal de la Ciudad de México Artículos 1, 7 fracción VII, 13, 15, 49, 51, 54, 55, 103 fracción II, 172 fracción IV último párrafo, 430, 432 y 466 fracción IV.