Persona física o moral. Propietarios de inmuebles o predios en los que la proporción de las construcciones resulte inferior al 10% de la superficie total del terreno.
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)
Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Boleta del Impuesto Predial - original y 1 copia(s)
o Boleta del Servicio de Agua - original y 1 copia(s)
o Recibo del Servicio de Luz - original y 1 copia(s)
o Certificado de Residencia - original y 1 copia(s)
Formato debidamente requisitado y firmado
Documento que acredite la propiedad del predio o inmueble del contribuyente. Original y copia simple.
Declaración del valor catastral. Emitido por Secretaría de Administración y Finanzas. Original o copia simple.
Comprobante del pago del impuesto predial del año anterior al ejercicio fiscal que se solicita con registro de pago de los dos años anteriores al ejercicio fiscal que solicita. Copia simple
Documento que contenga la dirección física del predio o inmueble sobre el cual se solicitará el beneficio fiscal. Copia simple
*En caso de que el predio o inmueble se integre por varias fracciones, deberá señalarlo y especificarlo.
*La constancia que otorga la Secretaría del Medio Ambiente deberá ser presentada por el propietario o representante legal ante la Administración Tributaria correspondiente para hacer efectiva la reducción solicitada.
*El nombre del propietario del predio debe estar registrado en el Padrón de Contribuyenbtes de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México.
*La constancia que otorga la Secretaría del Medio Ambiente deberá ser presentada por el propietario o representante legal ante la Administración Tributaria correspondiente para hacer efectiva la reducción solicitada.
*En caso de ser necesario la Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental podrá llevar a cabo un reconocimiento técnico o visita de revisión del predio o inmueble, de acuerdo al numeral 7 de los Lineamientos que los contribuyentes deberán cumplir para tramitar las constancias con las que acreditarán los supuestos a que se refieren los artículos 130, Fracción III, Numerales, 1 y 2, 276, 277 y 296 Bis del Código Fiscal de la Ciudad de México.
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Constancia
Por el año fiscal que se otorga.
15 días hábiles
Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal Artículos 1, 2 fracción VII, 4, 6 fracción II, 9 fracciones I, IV, XII, XXVIII y LIII, 19 fracción XI, 71 Bis fracción III y 72 fracción IV.
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 2, 4, 5, 6, 7, 12, 16 fracción X, 18 y 35 fracciones I, XXIII y XLVI.
Ley Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 9, 32, 34, 39, 40, 41 y 42.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 1, 3 fracción I, 4, 7 fracción X inciso B) y 184 fracciones XV y XXVII.
Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo 130, fracción III numeral 2.
Lineamientos que los contribuyentes deberán cumplir para tramitar las constancias con las que acreditarán los supuestos a que se refieren los artículos 130, Fracción III, Numerales, 1 Y 2, 276, 277 Y 296 Bis del Código Fiscal de la Ciudad de México. Numerales, 1 y 2, 276, 277 y 296 Bis del Código Fiscal de la Ciudad de México, apartado III numerales 2, 3, 4, 5, 6, 7, 10, 11, 12, 14 y 20; apartado IV, inciso B); apartado V y apartado VI, inciso B).
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
o Licencia para Conducir - original y 1 copia(s)
Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Boleta del Impuesto Predial - original y 1 copia(s)
o Boleta del Servicio de Agua - original y 1 copia(s)
o Recibo del Servicio de Luz - original y 1 copia(s)
o Certificado de Residencia - original y 1 copia(s)
Formato debidamente requisitado y firmado
Documento que acredite la propiedad del predio o inmueble del contribuyente. Original y copia simple.
Declaración del valor catastral. Emitido por Secretaría de Administración y Finanzas. Original o copia simple.
Comprobante del pago del impuesto predial del año anterior al ejercicio fiscal que se solicita con registro de pago de los dos años anteriores al ejercicio fiscal que solicita. Copia simple
Documento que contenga la dirección física del predio o inmueble sobre el cual se solicitará el beneficio fiscal. Copia simple
*En caso de que el predio o inmueble se integre por varias fracciones, deberá señalarlo y especificarlo.
*La constancia que otorga la Secretaría del Medio Ambiente deberá ser presentada por el propietario o representante legal ante la Administración Tributaria correspondiente para hacer efectiva la reducción solicitada.
*El nombre del propietario del predio debe estar registrado en el Padrón de Contribuyenbtes de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México.
*La constancia que otorga la Secretaría del Medio Ambiente deberá ser presentada por el propietario o representante legal ante la Administración Tributaria correspondiente para hacer efectiva la reducción solicitada.
*En caso de ser necesario la Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental podrá llevar a cabo un reconocimiento técnico o visita de revisión del predio o inmueble, de acuerdo al numeral 7 de los Lineamientos que los contribuyentes deberán cumplir para tramitar las constancias con las que acreditarán los supuestos a que se refieren los artículos 130, Fracción III, Numerales, 1 y 2, 276, 277 y 296 Bis del Código Fiscal de la Ciudad de México.
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Constancia
Por el año fiscal que se otorga.
15 días hábiles
Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal Artículos 1, 2 fracción VII, 4, 6 fracción II, 9 fracciones I, IV, XII, XXVIII y LIII, 19 fracción XI, 71 Bis fracción III y 72 fracción IV.
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 2, 4, 5, 6, 7, 12, 16 fracción X, 18 y 35 fracciones I, XXIII y XLVI.
Ley Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 9, 32, 34, 39, 40, 41 y 42.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 1, 3 fracción I, 4, 7 fracción X inciso B) y 184 fracciones XV y XXVII.
Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo 130, fracción III numeral 2.
Lineamientos que los contribuyentes deberán cumplir para tramitar las constancias con las que acreditarán los supuestos a que se refieren los artículos 130, Fracción III, Numerales, 1 Y 2, 276, 277 Y 296 Bis del Código Fiscal de la Ciudad de México. Numerales, 1 y 2, 276, 277 y 296 Bis del Código Fiscal de la Ciudad de México, apartado III numerales 2, 3, 4, 5, 6, 7, 10, 11, 12, 14 y 20; apartado IV, inciso B); apartado V y apartado VI, inciso B).