Persona física o moral. Propietarios de vehículos automotores matriculados y/o que circulen en en la Ciudad de México.
Credencial para Votar - 1 copia(s)
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - 1 copia(s)
o Pasaporte - 1 copia(s)
o Cédula Profesional - 1 copia(s)
o Licencia para Conducir - 1 copia(s)
o Tarjeta INAPAM - 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Formato de solicitud debidamente requisitado y firmado. Original.
Tarjeta de circulación. Copia.
Factura o Carta Factura (para el caso del "doble cero y/o exento"). Copia.
Pago de Derechos: El pago de Derechos deberá presentarse en original y 2 copias. (No pagar hasta que el trámite resulte favorable)
No contar con adeudos de tenencias, infracciones al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, sanciones aplicadas por incumplimiento al Reglamento de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal, en Materia de Verificación Vehicular y Fotocívicas.
Denuncia de hechos presentada ante el Fiscalía correspondiente o Juzgado Cívico, que respalde lo ocurrido con el holograma (citar la placa del vehículo y folio del holograma). Copia.
Constancia de Verificación (certificado), impresa o con Registro en el Sistema de Verificación Vehícular. Copia.
Presentar vehículo para el pegado de holograma.
*En el caso de que la respuesta la recoja una persona diferente al interesado, deberá presentar: carta poder firmada ante dos testigos e identificaciones oficiales de quienes la suscriben.
Monto a pagar
Puedes pagar en:
Artículo 180 del Código Fiscal del Distrito Federal
Da clic sobre el marcador para ver información
Oficio
Cuya vigencia es:
Por el período de verificación vigente.
Holograma
Cuya vigencia es:
Por el período de verificación vigente.
Oficio
Cuya vigencia es:
Por el período de verificación vigente.
10 días hábiles
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 15 fracción IV y 26 fracción VI
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículo 39 y 44.
Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal Artículos 9 fracción XXXIX, 130, 131 y 133 fracciones XI y XIV, 140,196 y 197.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 183, fracciones l y Xl.
Reglamento de la Ley Ambiental del Distrito Federal Artículo 87.
Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo 180.
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria. Vigente.
Credencial para Votar - 1 copia(s)
o Cartilla del Servicio Militar Nacional - 1 copia(s)
o Pasaporte - 1 copia(s)
o Cédula Profesional - 1 copia(s)
o Licencia para Conducir - 1 copia(s)
o Tarjeta INAPAM - 1 copia(s)
Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. - original
o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Formato de solicitud debidamente requisitado y firmado. Original.
Tarjeta de circulación. Copia.
Factura o Carta Factura (para el caso del "doble cero y/o exento"). Copia.
Pago de Derechos: El pago de Derechos deberá presentarse en original y 2 copias. (No pagar hasta que el trámite resulte favorable)
No contar con adeudos de tenencias, infracciones al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, sanciones aplicadas por incumplimiento al Reglamento de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal, en Materia de Verificación Vehicular y Fotocívicas.
Denuncia de hechos presentada ante el Fiscalía correspondiente o Juzgado Cívico, que respalde lo ocurrido con el holograma (citar la placa del vehículo y folio del holograma). Copia.
Constancia de Verificación (certificado), impresa o con Registro en el Sistema de Verificación Vehícular. Copia.
Presentar vehículo para el pegado de holograma.
*En el caso de que la respuesta la recoja una persona diferente al interesado, deberá presentar: carta poder firmada ante dos testigos e identificaciones oficiales de quienes la suscriben.
Monto a pagar
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Artículo 180 del Código Fiscal del Distrito Federal
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Oficio
Cuya vigencia es:
Por el período de verificación vigente.
Holograma
Cuya vigencia es:
Por el período de verificación vigente.
Oficio
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Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículos 15 fracción IV y 26 fracción VI
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículo 39 y 44.
Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal Artículos 9 fracción XXXIX, 130, 131 y 133 fracciones XI y XIV, 140,196 y 197.
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México Artículo 183, fracciones l y Xl.
Reglamento de la Ley Ambiental del Distrito Federal Artículo 87.
Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo 180.
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria. Vigente.