Persona moral. El propietario o usuario del inmueble donde se ubica la toma.
Credencial para Votar - original y 1 copia(s)
o Pasaporte - original y 1 copia(s)
o Cédula Profesional - original y 1 copia(s)
Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original y 1 copia(s)
Nombre y firma autógrafa del propietario o usuario del inmueble y/o representante legal del titular de la cuenta, cuando el promovente tenga un impedimento para firmar se tomará en cuenta la impresión de su huella digital. (en la solicitud que se emita del Sistema Comercial).
Presentar preferentemente un número telefónico y correo electrónico.
Presentar número de cuenta relacionado con el suministro de agua.
Un escrito Bajo protesta de decir verdad donde elusuario debe señalar que no se otorga el uso de goce temporal del inmueble, incluso para la reinstalación o fijación de anuncios o cualquier otro tipo de publicidad.
Presentar constancia expedida por la Junta de Asistencia Privada de la Ciudad de México, con la que se acredite que realizan actividades de su objeto asistencial señalada en sus estatutos y que los recursos que destino a la Asistencia Social en el Ejercicio Fiscal inmediato anterior al de su solicitud, que se traducen en el beneficio directo de la población a la que asisten, y los acules deberá estar suscrita por el Presidente de dicha junta o por el funcionario que tenga competencia legal para ello, en ésta constancia se deberá señalar el monto de los recursos que destino la Institución de Asistencia Privada a la Asistencia Social.
No haber interpuesto ningún medio de defensa en contra del Gobierno de la Ciudad de México o, en su caso, anexar una copia certificada del acuerdo recaído al escrito de desistimiento presentado ante la autoridad que conozca la controversia.
La recepción de la solicitud no implica la procedencia de la misma, esto quedará sujeto a una revisión por parte de la autoridad fiscal competente para su dictaminación.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
Da clic sobre el marcador para ver información
Comprobante
15 días hábiles
Código Fiscal de la Ciudad de México Artículo I, 7 fracción VII, 13, 15, 55, 56, incisos b) c), d) e), i), 72, 73 fracciones II, VI, VII Y IX, 103 fracción II, 172 fracción I, 284, 297, 430 fracción V y 432
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Nombre y firma autógrafa del propietario o usuario del inmueble y/o representante legal del titular de la cuenta, cuando el promovente tenga un impedimento para firmar se tomará en cuenta la impresión de su huella digital. (en la solicitud que se emita del Sistema Comercial).
Presentar preferentemente un número telefónico y correo electrónico.
Presentar número de cuenta relacionado con el suministro de agua.
Un escrito Bajo protesta de decir verdad donde elusuario debe señalar que no se otorga el uso de goce temporal del inmueble, incluso para la reinstalación o fijación de anuncios o cualquier otro tipo de publicidad.
Presentar constancia expedida por la Junta de Asistencia Privada de la Ciudad de México, con la que se acredite que realizan actividades de su objeto asistencial señalada en sus estatutos y que los recursos que destino a la Asistencia Social en el Ejercicio Fiscal inmediato anterior al de su solicitud, que se traducen en el beneficio directo de la población a la que asisten, y los acules deberá estar suscrita por el Presidente de dicha junta o por el funcionario que tenga competencia legal para ello, en ésta constancia se deberá señalar el monto de los recursos que destino la Institución de Asistencia Privada a la Asistencia Social.
No haber interpuesto ningún medio de defensa en contra del Gobierno de la Ciudad de México o, en su caso, anexar una copia certificada del acuerdo recaído al escrito de desistimiento presentado ante la autoridad que conozca la controversia.
La recepción de la solicitud no implica la procedencia de la misma, esto quedará sujeto a una revisión por parte de la autoridad fiscal competente para su dictaminación.
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
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