Persona física o moral. Titulares de Establecimientos Mercantiles de impacto vecinal.
Credencial para Votar - original
Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - original
Certificado de Zonificación de Uso de Suelo
Visto bueno de seguridad y operación (en caso de que el aforo sea mayor a 50 personas o que el giro mercantil lo requiera)
Constancia de adeudo del impuesto predial expedido por la Secretaria de Finanzas
Constancia de adeudo de agua expedida por el Sistema de Aguas de la Ciudad de México
Documento migratorio expedido por la Secretaria de Gobernación (tratándose de personas extranjeras)
Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble
Documento que acredite tener cajones de estacionamiento, en caso de estar obligado de conformidad con los Programas Delegacionales o Parciales de Desarrollo Urbano, Reglamento de Construcciones o Normas Técnicas complementarias para el proyecto arquitectónico del Reglamento de Construcciones (para los establecimientos que no se encuentran exentos)
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
ARTÍCULO 191.- … I. … a) Por los primeros 50 metros cuadrados de construcción, incluyendo todos sus accesorios … $10,885.50 b) Por cada metro cuadrado que exceda a los 50 metros cuadrados y hasta 100 metros cuadrados de construcción, incluyendo todos sus accesorios, $218.80, más la cantidad que resulte del inciso a) de la presente fracción. c) Por cada metro cuadrado que exceda a los 100 metros cuadrados y hasta 300 metros cuadrados de construcción, incluyendo todos sus accesorios, $435.00, más las cantidades que resulten de los incisos a) y b) de la presente fracción.
Puedes pagar en:
Artículo 191 fracción I del Código Fiscal de la Ciudad de Mexico
Sólo una parte del trámite puede realizarse en línea:
Da clic sobre el marcador para ver información
Permiso
3 año(s).
5 días hábiles
Código Fiscal del Distrito Federal Artículos 20 y 191 fracción I
Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal Artículos 2 fracciones II, XI, XII, XV, XVIII, XXIII, XXVI, 8 fracción VI y VII, 10, apartado A fracción XIV y apartado B fracción IV, 19, 31, 32
Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal Artículos 68 y 69
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 2 fracción III, 32,33, 34, 35, 39, 40, 41, 42, 44, 49, 74 y 89
Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal en Materia de Aforo y de Seguridad en Establecimientos de Impacto Zonal Artículos 2 fracción V, 4, 5, 9 y 15
Lineamientos Generales para la Operación del Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal Segundo fracciones II, VII, X, XVI y XVIII, Tercero, Décimo Tercero, Décimo Cuarto y Décimo Quinto.
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Visto bueno de seguridad y operación (en caso de que el aforo sea mayor a 50 personas o que el giro mercantil lo requiera)
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Constancia de adeudo de agua expedida por el Sistema de Aguas de la Ciudad de México
Documento migratorio expedido por la Secretaria de Gobernación (tratándose de personas extranjeras)
Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble
Documento que acredite tener cajones de estacionamiento, en caso de estar obligado de conformidad con los Programas Delegacionales o Parciales de Desarrollo Urbano, Reglamento de Construcciones o Normas Técnicas complementarias para el proyecto arquitectónico del Reglamento de Construcciones (para los establecimientos que no se encuentran exentos)
En su caso, el formato de solicitud deberá apegarse a lo dispuesto al “Aviso por el que se da a conocer el Formato Único de Trámites que deberán aplicar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México” publicado el 30 de abril de 2019. Descargar formato
ARTÍCULO 191.- … I. … a) Por los primeros 50 metros cuadrados de construcción, incluyendo todos sus accesorios … $10,885.50 b) Por cada metro cuadrado que exceda a los 50 metros cuadrados y hasta 100 metros cuadrados de construcción, incluyendo todos sus accesorios, $218.80, más la cantidad que resulte del inciso a) de la presente fracción. c) Por cada metro cuadrado que exceda a los 100 metros cuadrados y hasta 300 metros cuadrados de construcción, incluyendo todos sus accesorios, $435.00, más las cantidades que resulten de los incisos a) y b) de la presente fracción.
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Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal Artículos 68 y 69
Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México Artículos 2 fracción III, 32,33, 34, 35, 39, 40, 41, 42, 44, 49, 74 y 89
Reglamento de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal en Materia de Aforo y de Seguridad en Establecimientos de Impacto Zonal Artículos 2 fracción V, 4, 5, 9 y 15
Lineamientos Generales para la Operación del Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal Segundo fracciones II, VII, X, XVI y XVIII, Tercero, Décimo Tercero, Décimo Cuarto y Décimo Quinto.